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EL SEPTENARIO DE SERVITAS EN EL AÑO 1815

La protesta del prior de los Agustinos, por el derecho al púlpito de la Iglesia Mayor durante la Cuaresma

En el mes de junio del año 1577, las antiguas hermandades de San Martín, Nuestra Sra. de los Hermanos y Ntra. Sra. de las Hermanas, que tenían como hermano mayor al Duque de Medina Sidonia, cedieron su vieja iglesia de San Martín, situada junto al castillo de Liro, para la fundación del primer convento de San Agustín.

El contrato de la fundación se hizo mediante escritura pública, firmada por las tres hermandades y los frailes agustinos de la observancia (ermitaños).
Los frailes, además de la iglesia, recibían unas tierras de labor y el compromiso de las hermandades de darles anualmente 24 fanegas de trigo y cierta cantidad de maravedíes para el sostenimiento de los 12 frailes que componían la comunidad.

Los frailes, en contrapartida, tenían La obligación de tener casa para hospedar a pobres pasajeros y decir 218 misas rezadas en cada año y otras tantas vigilias. Además, en la Iglesia Mayor, un predicador debía de dar los sermones siguientes: en los cuatro domingos de adviento; en cuaresma tres cada semana; en las cuatro pascuas (Navidad, Resurrección, Epifanía y Espíritu Santo); y en los días de San Juan Bautista y de Santa Catalina.
También, la comunidad tenía la obligación de tener un preceptor de gramática para los naturales de la villa.

En junio de 1577 se fundaba en Chiclana el primer convento de San Agustín

Esta breve exposición nos ayudará a entender el derecho al púlpito que tenían los frailes agustinos durante la cuaresma en la parroquia de San Juan Bautista.

Además, las predicaciones cuaresmales estaban remuneradas con 300 reales de vellón cada año por las autoridades civiles.

Sucedió que en la cuaresma del año 1815, la Hermandad de Servitas de María Santísima de los Dolores, que residía en la capilla del Santo Cristo de la Vera-Cruz, decidió trasladar el septenario a la recién inaugurada Iglesia Mayor, trasladando a ella la imagen de la Virgen.
Para los sermones, los servitas solían invitar a un predicador prestigioso que venía de Cádiz, pero al trasladar los cultos al recién estrenado templo, había que contar con el derecho al púlpito que tenía en la cuaresma los agustinos desde su llegada a la villa.

Por dicho motivo, el presbítero y corrector de la hermandad, D. Juan José Salinas, fue al convento de San Telmo para pedir licencia al prior D. Ramón Agraz Coronado, exponiéndole la decisión de la hermandad de celebrar los cultos en la Iglesia Mayor con el predicador convidado.

El corrector de los servitas explicó al prior los motivos por los que pedía que el septenario fuese predicado por el sacerdote que la hermandad había designado en lugar del fraile al que le correspondía el púlpito de la parroquia durante la cuaresma. El prior aceptó la propuesta, pero con la condición siguiente:
Que el Secretario de la Hermandad le había de facilitar Certificación en que constase haber concedido, y aceptado este permiso, para que en lo sucesivo no perjudicase este accidente el derecho que tiene la Comunidad al Púlpito de la Parroquia Mayor en tiempo de cuaresma sostenido por la no interrupción y posesión en que se halla de tiempo inmemorial, quedando conforme el hermano Corrector prometió se mandaría al Secretario dar Certificado, y con tal procedimiento aseguró quedar cumplidos los deseos de la Hermandad, y satisfecha la Comunidad […].

Enterado el vicario de las iglesias de Chiclana, D. Vicente García de Torquemada, prohibió al secretario de la hermandad entregar el certificado solicitado. Insistió el prior convocando una junta con el párroco de San Juan Bautista, el vicario y el corrector de la hermandad, al objeto de pacificar los ánimos. Pero finalizada la tensa reunión no se produjo la conciliación deseada y el superior de los agustinos, presentó una protesta formal ante el notario de la villa D. Sebastián del Fierro y flores.

Del citado documento, hemos extraído el párrafo siguiente:
Más a pesar de todo, y conducido solo con el laudable objeto de la paz, y buena armonía estuvo apuntado a la concurrencia, en la que le fue preciso no cesar de pedir a Dios le conservase la humildad, y prudencia que le enseña la Sagrada Religión, pues el acto de pacificación, que le propusieron fue solo para vituperarlo, e insultarlo, y despedirlo al cabo con la misma negativa […].

La discordia llegó a más. En la predicación del viernes por la mañana -que era considerada como Sermón Feriado (no festivo) y que, en principio, no pertenecía a las funciones del septenario- el párroco dio aviso al prior de los agustinos diciéndole que no fuese a predicar ese día, pues lo haría el cura invitado por la Hermandad de Servitas.

Ante esta nueva contrariedad, el superior de los agustinos presentó una segunda protesta ante el notario, exponiendo lo siguiente:
En este estado, y viendo el compareciente cuanto este hecho perjudica al Derecho de Posesión en que está su Comunidad cerciorado del que le asiste, y por evitar mayor escándalo, sin que sea visto, que este, ni otro hecho de igual clase que pueda ocurrir lo consiente en modo, o manera alguna, y para que en ningún tiempo le dañe ni perjudique en la vía y forma que más haya lugar Otorga: que protesta una, dos, tres veces y las demás por derecho […].

Aunque, no sabemos el motivo exacto de esta discordia entre el clero secular y la comunidad de agustinos, suponemos que todo sucedió a raíz de la ocupación de la villa por las tropas napoleónicas en el año 1810.

Durante la ocupación francesa, los agustinos fueron exclaustrados del convento de San Telmo cumpliendo con el decreto firmado por Napoleón Bonaparte (Decreto de Chamartín), el cual redujo a un tercio los conventos que había en España.

El prior fray Ramón Agraz Coronado emigró a la Isla de León, donde permaneció hasta la salida de las tropas de Chiclana la noche del 24 de agosto de 1812.

La iglesia de San Telmo, que también era la parroquia castrense, continuó atendida por algunos ex regulares agustinos que permanecieron en la villa con el consentimiento las tropas ocupantes. Además, los generales franceses eligieron esta iglesia para cumplir con sus preceptos religiosos al considerarla la más adecuada para dicho fin, como vemos en un párrafo del acta capitular de la sesión celebrada el día 17 de abril de 1810. Así dice:
Teniendo en consideración que los Sres. Generales desde un principio destinaron la Iglesia de San Telmo para su asistencia como más capaz y decente que las demás de la población:
El día 19 de mayo del año 1811, el párroco de la Iglesia Mayor recibía un escrito del general Villatte ordenando el traslado de la Parroquia Mayor a la iglesia de San Telmo. Permaneció allí hasta el 20 de septiembre de 1812.

Cuando el pueblo quedó libre de las tropas francesas, muchos de los emigrados a otras poblaciones volvieron, entre ellos el prior de los agustinos que, rápidamente, “invitó” al párroco de la matriz a abandonar San Telmo y volver a la ruinosa iglesia de San Martín, donde estaba situada provisionalmente la parroquia de San Juan Bautista hasta la terminación del hermoso templo que hoy tenemos.

Es muy posible que las exigencias del prior para que la parroquia de San Juan Bautista abandonara la iglesia de San Telmo deteriorasen las relaciones entre la comunidad de agustinos, el vicario de las iglesias y el párroco de San Juan Bautista en aquellas fechas.
Para terminar, un ruego a las juntas de gobiernos de nuestras hermandades. El legado documental que poseen hay que conservarlo con el mismo interés que se hace con los enseres, porque forman parte del patrimonio histórico, donde se recogen hechos notables y de la vida cotidiana de las mismas.

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