El responsable del área de Servicios Económicos de la Diputación de Cádiz, Juan Carlos Ruiz Boix, ha reiterado que «el Servicio Provincial de Recaudación decidió a final de marzo ampliar los plazos para el pago de los tributos municipales». Se trata de una moratoria condicionada por el actual estado de alarma y que en la práctica permitirá que los periodos de cobro, con carácter general, se extiendan hasta final de julio.
En este sentido, ha añadido que esta medida incide en figuras tributarias de alcance general como es el primer semestre del Impuesto de Bienes Inmuebles o el de Vehículos de Tracción Mecánica.
En una nota, Ruiz Boix ha contestado así a la reclamación de la plataforma de ayuntamientos del PP, que pedía flexibilización fiscal. «Un planteamiento que, evidentemente, llega muy tarde», ha añadido.
El diputado provincial ha recordado que las directrices especiales adoptadas por Recaudación, ante el estado de alarma, se han comunicado a cada uno de los alcaldes de los municipios que encomiendan la gestión de sus tributos a Diputación. Además, estas normas están publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz y en la sede electrónica del servicio.
«También es preciso recordar que los calendarios tributarios se pactan entre cada ayuntamiento y el Servicio Provincial de Recaudación. Y son esos periodos de pago, consensuados, sobre los que hemos aplicado la ampliación de plazo», ha destacado el responsable de Servicios Económicos de Diputación.
Para Ruiz Boix, «es llamativo que la propuesta del PP se traslade a los medios de comunicación el mismo día en el que se celebró el Consejo de Alcaldías, dedicado a determinar medidas frente a la pandemia desde las corporaciones locales, y en el que se alcanzó un consenso absoluto sobre las medidas adoptadas por Diputación». «Señal evidente de que la reclamación se expresa para ganar un titular de prensa y no para demandar unas actuaciones que ya se están prestando de manera efectiva», ha añadido.
Ruiz Boix ha indicado que «se han resuelto medidas de flexibilización de pagos, de ampliación de plazos y de minoración de la carga fiscal mientras dure el estado de alarma». De hecho las cuotas derivadas de un fraccionamiento, que vencieran en abril o mayo, se pasarán a junio sin recargo alguno; las deudas tributarias permanecerán en la situación anterior al estado de alarma sin sumar intereses; y no se llevarán a cabo medidas onerosas como, por ejemplo, los embargos, ha explicado.
Finalmente, ha señalado que Recaudación está aplicando de manera ágil las normas tributarias decretadas por el Gobierno de España en las actuales circunstancias, tal como ya se hizo con el artículo 33 del Real Decreto 8/2020 y ya se analizan las medidas fiscales reguladas en el Real Decreto 15/2020 publicadas en el Boletín Oficial del Estado de hoy miércoles.
«La gestión tributaria no queda en suspenso y de hecho, las operaciones domiciliadas y los planes personalizados de pago siguen su curso, considerando que son vías de financiación esenciales para proporcionar liquidez a los ayuntamientos», ha concluido.